Hacienda remite a los Desarrolladores de Factura Electrónica una actualización de Códigos de Actividades Económicas
Con la entrada del nuevo sistema del Ministerio de Hacienda TRIBU-CR que se espera que esté en Agosto 2025, se implementará el cambio de la clasificación de actividades económicas de la versión CIIU3 a la nueva versión CIIU4.
Por esta razón es que el Ministerio de Hacienda realiza un comunicado a todos los desarrolladores de Factura Electrónica en Costa Rica un nuevo archivo para su mejor comprensión, de forma que se indica:
- Listado de códigos de actividad según la Clasificación CIIU 3: Esta clasificación se encuentra actualmente vigente y será válida, en los comprobantes electrónicos emitidos con la versión 4.3 hasta el 31 de Agosto.
En el caso de las Notas de Crédito o Débito que se generen con la versión 4.3 con la clasificación CIIU 3, a partir del 01 de setiembre 2025, serán recibidas y validadas por la plataforma de validación. No obstante, en el caso que el emisor lo decida, podrá utilizar la clasificación CIIU 4 para la emisión de este tipo de comprobantes.
- Listado de códigos de actividad según la Clasificación CIIU 4: Esta clasificación iniciará su vigencia y uso obligatorio en los comprobantes electrónicos emitidos con la versión 4.4 a partir del próximo mes de agosto del 2025, en concordancia con la salida del nuevo sistema TRIBUCR. En la versión 4.3 esta clasificación será opcional durante el mes de agosto.
En el caso de las Notas de Crédito o Débito que se generen con la versión 4.4 a comprobantes electrónicos que se hayan emitido durante la vigencia de la versión 4.3 a partir del 01 de setiembre 2025, y que utilicen tanto la clasificación CIIU 3 como la CIIU 4, serán recibidas y validadas por la plataforma de validación.
- Ambos listados se encuentran homologados dentro del mismo archivo, por lo que se podrá conocer la correspondencia entre códigos de ambas clasificaciones permitiendo al emisor y sus sistemas conocer el nuevo código a utilizar si ya ha implementado la estructura versión 4.4 para el mes de agosto.
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