Modificación en forma para aplicar las Exoneraciones y Tarifas Reducidas del IVA

Modificación en forma para aplicar las Exoneraciones y Tarifas Reducidas del IVA

A partir del 1 de julio de 2020, el Ministerio de Hacienda cambiará la forma de aplicar las exoneraciones y órdenes especiales otorgadas por medio del sistema EXONET.

Con esta modificación el contribuyente que aplica la exoneración otorgada por la Dirección General de Hacienda, deberá incorporar en el comprobante electrónico (Apartado de exoneraciones, casilla “Porcentaje de la Exoneración”), la tarifa del impuesto dejado de pagar y no el porcentaje de la exoneración.

Por ejemplo, a partir del 01 de julio, cuando un contribuyente aplique la exoneración a un exportador, en la casilla de la factura electrónica que indica “Porcentaje de la Exoneración” deberá ingresar 13% en lugar del 100%, y el impuesto exonerado resultará de multiplicar el 13% por el precio del bien o servicio.

Otro ejemplo es el de los servicios de ingeniería, arquitectura, topografía y construcción de obra civil que cuenten con planos de proyectos visados por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) al 30 de setiembre 2019, en cuyo caso, el contribuyente deberá ingresar en la casilla “Porcentaje de la Exoneración” el 9%, debido a que pagarán una tarifa del 4%.

Los cambios en la forma de calcular el impuesto exonerado se encuentran disponibles en el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV), sección “Comprobante Electrónico”, Anexos y Estructura 4.3.

El Ministerio de Hacienda, hizo el anterior comunicado con el fin de que los usuarios conozcan como va a aplicar estas nuevas reglas a partir del 1 de Julio del 2020, para los comprobantes electrónicos, conocido como factura electrónica,o facturación electrónica cuando se debe de realizar una exoneración. Pueden encontrar el comunicado oficial en el sitio del ministerio de hacienda en el enlace: https://www.hacienda.go.cr/docs/5edfda2421a78_Modificacion%20en%20forma%20para%20aplicar%20exoneraciones%20y%20tarifas%20reducidas%20de%20IVA.pdf

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Comments (2)

  • Yván Infante Reply

    Este mes hice 2 facturas, la primera la hice así y sin problemas, fue con la exoneración del CFIA, días después hice la segunda y me da error y es rechazada por hacienda. He tenido que emitir 3 notas de crédito por ese fallo y no he podido facturar. ¿Será que ahora no se puede colocar el número de transitorio, o qué?

    Por otro lado he llamado a consultar hacienda el caso y resulta que yo termino sabiendo más que ellos.

    18 julio 2020 at 10:09 pm

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